alquiler turístico de viviendas

¿Puede la comunidad prohibir el alquiler turístico de viviendas?

El alquiler turístico de viviendas ha proliferado en los últimos años, especialmente en zonas urbanas como Madrid. Sin embargo, esta práctica puede generar molestias para la comunidad, como ruidos, conflictos vecinales y acumulación de basura.

Afortunadamente, las comunidades tienen la posibilidad de regular o prohibir el alquiler turístico según lo establecido en el Real Decreto-ley 7/2019. Esta normativa otorga a las comunidades autónomas la capacidad de requerir la autorización de la comunidad de vecinos para estos contratos de alquiler, mediante un acuerdo de mayoría.

Por tanto, la comunidad puede limitar la cantidad de pisos turísticos, establecer condiciones específicas para su práctica (como limitar el número de inquilinos o restringirlos a ciertas áreas) y hasta incrementar los gastos comunes para las viviendas de uso turístico en un 20%.

Para evitar la presencia de pisos turísticos en una comunidad de vecinos, la opción más directa es votar en una junta. Si el 60% de los propietarios están de acuerdo, ningún vecino podrá habilitar una vivienda para alquiler turístico.

La ley en la Comunidad de Madrid otorga a las comunidades de vecinos un gran poder para regular este tipo de actividad. Sin embargo, es útil contar con un administrador de fincas para resolver cualquier problema que surja.

Otra estrategia poco mencionada es exigir una entrada independiente al edificio. Si más del 40% de los vecinos están a favor, el propietario del piso turístico deberá instalar un acceso separado, aprobado en una junta con mayoría simple.

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